A partir del 17 de junio de 2025, entra en vigor la reforma conocida como Ley Silla, que modifica la Ley Federal del Trabajo (LFT). Su objetivo es garantizar el derecho de los trabajadores que deben permanecer de pie a descansar en sillas con respaldo, en sectores clave como comercio, servicios y afines.

La reforma se publicó en el DOF el 19 de diciembre de 2024, dando inicio al conteo de 180 días para su entrada en vigor, culminando el 17 de junio de 2025

  • Crea obligaciones explícitas en los artículos 132 (V), 133 (XVII Bis), 423 (V), entre otros, que prohíben mantener a los trabajadores permanentemente de pie y les garantizan pausas con sillas.
  • La STPS tiene un plazo de 30 días desde el 17 de junio para publicar los lineamientos sobre riesgos laborales asociados.

Obligaciones para el patrón

  1. Proveer un número suficiente de sillas con respaldo.
  2. Designar áreas específicas para el descanso con sillas en los centros de trabajo.
  3. Impedir que los empleados trabajen permanentemente de pie.
  4. Actualizar el Reglamento Interior de Trabajo (RIT) incluyendo:
    • Periodos de descanso.
    • Uso de las sillas.
    • Registro y presentación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral
  5. Plazo: 180 días naturales posteriores al 17 de junio para adecuar el RIT

Ventajas y riesgos

Desde la perspectiva del trabajador:

  • Prevención de dolencias musculoesqueléticas, várices, fatiga y problemas circulatorios.
  • Mejora de bienestar, motivación y retención de talento.

Para las empresas

  • Incrementa productividad y reduce ausentismo.
  • Evita multas — entre 250 y 2,500 UMAs — y posibles sanciones o suspensión de actividades por reincidencia.

Cronograma clave

HitoFecha
Publicación DOF19‑dic‑2024
Entrada en vigor17‑jun‑2025
STPS: LineamientosHasta 17‑jul‑2025 (30 días tras entrada en vigor)
Empresas: Adecuación RITHasta 13‑dic‑2025 (180 días tras entrada en vigor)

Recomendaciones prácticas

  • Auditoría interna: Identificar puestos con bipedestación continua.
  • Estimación de sillas: Determinar cantidad por turno.
  • Espacios adecuados: Áreas limpias y accesibles para descanso.
  • Revisión y actualización del RIT: Incorporar pausas, uso de sillas y cronograma.
  • Capacitación interna: Informar a supervisores y colaboradores sobre derechos y nuevas prácticas.

Acciones inminentes

  • Antes del 17 de junio: Validar disponibilidad y ubicación de sillas.
  • Tras la entrada en vigor: Vigilar publicación de lineamientos por la STPS (30 días).
  • En los siguientes 6 meses: Adaptar documentos internos y presentarlos ante el CFC‑RL.

El concepto de “vender por comisiones” y desplazamiento geográfico no exime al empleador de proporcionar sillas y obligar a los vendedores a permanecer lejos sin medios de descanso puede vulnerar este derecho y restringir su oportunidad de generar comisiones.

Es esencial actualizar el RIT y garantizar el cumplimiento desde el próximo 17 de junio. La Ley Silla no solo protege la salud y dignidad de los trabajadores, sino que también fortalece la cultura organizacional y la reputación empresarial.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *