El fin de año es un momento crucial para las empresas. No solo es tiempo de balances y metas, sino también de cumplimiento de obligaciones laborales que, si se descuidan pueden generar multas, recargos y conflictos con los empleados.

El aguinaldo, más que una prestación:

La prestación más importante de diciembre es, sin duda, el aguinaldo. Un manejo incorrecto de esta obligación es la causa principal de inspecciones y sanciones al cierre de año.

AspectoTip
Fecha límiteAsegúrate de que todos los depósitos se realicen a más tardar el 20 de diciembre. No hay prórroga!
Monto mínimoEl pago debe ser el equivalente a por lo menos 15 días de salario (o la parte proporcional si el empleado no trabajó el año completo).
Cálculo proporcionalPara empleados que ingresaron en el año, utiliza la fórmula: aguinaldo proporcional = (días trabajados / 365 días) * 15 días ) * salario diario
ComprobaciónGenera y entrega el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de nómina con el complemento de nómina 1.2, indicando correctamente el concepto de «Aguinaldo».

El incumplimiento en el plazo o en el monto puede resultar en multas de 50 a 5000 UMAS.

Más allá del aguinaldo, hay otros puntos que tu empresa debe revisar antes de que finalice el año:

1. Cierre de prestaciones y contratos

  • Vacaciones vencidas: Revisa los saldos de vacaciones pendientes, fomenta que se disfruten o, en su caso, documenta su pago o acuerdo de goce. Evita que prescriban sin ser pagadas o tomadas.
  • PTU: Si no se pudo repartir la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) por alguna razón, asegúrate de documentar y enterar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) los remanentes.
  • Finiquitos y liquidaciones: Si hay terminaciones de relación laboral, asegúrate de que los cálculos de finiquito (días trabajados, vacaciones, aguinaldo proporcional) y, si aplica, la liquidación, sean impecables.

2. Previsión social y planeación

  • Límites de deducibilidad: Revisa el monto total de prestaciones exentas de ISR (como vales o fondos de ahorro) que se pagaron durante el año para asegurarte de que estén dentro del límite de deducibilidad permitido por la Ley del ISR.
  • Regulación de REPSE: Si tu empresa utiliza servicios especializados, verifica que tus proveedores y subcontratistas mantengan su registro ante el REPSE vigente y cumplan con sus obligaciones de seguridad social.

3. Seguridad social (IMSS e INFONAVIT)

  • Diferencias y ajustes: Revisa tu conciliación mensual de nómina vs. pagos al IMSS/INFONAVIT. Es el momento ideal para corregir cualquier diferencia en salarios o movimientos antes del cierre anual de la nómina.
  • Prima de riesgo de trabajo: Si eres una empresa de reciente creación o tienes un historial de siniestralidad, es momento de preparar la información para la determinación anual de la prima de riesgo de trabajo (a presentar en febrero).

El cierre de año no es solo una fecha en el calendario; es el momento ideal para mitigar riesgos que podrían traducirse en multas costosas y auditorías inesperadas a principios del próximo año. Tu tranquilidad legal es nuestra prioridad.

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